Micelio
Auto23 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Idear·Demandado Santana Caldas Jair

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Proceso Ejecutivo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- y el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Arauca (Arauca), suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía presentado por el Instituto de Desarrollo de Arauca, IDEAR, en contra de un ciudadano, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por sumas de dinero contenidas en un pagaré, que respalda un crédito de la línea libranza, otorgado al demandado, y que se encuentra insoluto.

Al revisar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el presupuesto objetivo no se encuentra acredita.

Esto, porque se observa que el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca (Arauca) adelantó las actuaciones procesales, dentro de las cuales se incluyen el libramiento de mandamiento de pago, siguió adelante con la ejecución e incluso corrió traslado de la liquidación del crédito.

En consecuencia, el proceso ejecutivo promovido por el IDEAR culminó su objeto y, por lo tanto, las causas que lo originaron y la pretensión que perseguía no subsisten.

Ello, sin perjuicio de que eventualmente queden pendientes algunas decisiones orientadas a garantizar la efectividad de la orden de pago.

La Sala se declara inhibida para pronunciarse sobre el asunto y ordena remitir el expediente al Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca (Arauca) para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 005 Administrativo de Arauca (Arauca).
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6730 al Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca (Arauca) para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca22, al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Arauca23, al apoderado de la entidad demandante24 y al demandado25.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.